Tuve la oportunidad de leer una queja contra el colegio Saco Oliveros de Lima por no permitir a un alumno a asistir a sus clases por adeudar pensiones.
Un supuesto alumno hace un descargo alegando que el alumno deudor tenia un monto impago de seis meses, deuda que va en contra de el estatuto interno del colegio. Bueno mis estimados tengan en cuenta que existe una norma de mayor rango que cualquier estatuto o reglamento interno que impide a cualquier Institución Educativa negarle el ingreso a clases a sus alumnos cuando estos adeuden pensiones si ya cumplió el alumno moroso con cancelar el derecho de matricula. Tengan en consideración que a veces las condiciones económicas de las personas pueden variar radicalmente en cuestión de meses. Por ultimo las Instituciones Educativas si bien en su mayoría persiguen fines de lucro no debemos olvidar que tiene primordialmente un fin educativo y eminentemente socialEnviado por: - Usuario(a) de Apestan.com -