Caso 146414   3  pts.  (3 calificaciones) Cía: Totalplay04/10/19

Totalplay, plazo forzoso aunque te aseguren que no lo hay

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Totalplay
Totalplay engaña diciendo que puedes cancelar el contrato cuando lo desees. Realicé un contrato con ellos y por su pésimo servicio decidí cancelar antes de terminar el mes, perdiendo con ello el costo de instalación y primera mensualidad, que pidieron por adelantado.


Totalplay se niega a cancelar el contrato, diciendo que debo pagar más de mil pesos por concepto de gastos de "costos de conexión", a menos que permanezca al menos un año aguantando las fallas continuas en el servicio de Totalplay.


Como se puede ver, los "costos de conexión" son una forma de obligar a las personas permanecer un plazo con Totalplay, haciendo que el usuario aguante un pésimo servicio.
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05/10/19
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
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Si no funciona, argumentas eso --- que NO te están dando servicio --- es diferente eso, a que canceles sin justificación.

05/10/19
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
4418
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* El costo de instalacion no lo cobran, si uno permanece unos 18 meses.

* Tan pronto uno decide cancelar antes del plazo, sí te lo cobran. Sepa eso.

* Si el servicio es malo, hay que levantar queja y argumentarlo para cancelar. Tal cual. Desconecta los equipos y apégate a contrato.

* Ojo con sus derechos, llame a la linea PROFECO e IFT.

05/10/19
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rantmtorres  11
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El cliente tiene derecho a cancelar sin justificación alguna, "por así convenir a sus intereses", según estipula el contrato de TotalPlay. Asimismo, la empresa debe cancelar el contrato en cuanto el cliente lo solicite, sin poner como condición los cargos por "costos de conexión", también estipulado en el contrato de TotalPlay.

En este caso, la empresa está violando dos veces su propio contrato.
¿Se puede confiar en una empresa que no respeta los contratos que ella misma elabora?
05/10/19
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
4418
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rant: Cierto en lo que dices (en la sección 4 de Terminación), "el cliente puede dar por terminado el contrato en cualquier momento". Y otras partes del contrato, se contraponen a eso de "sin responsabilidad alguna" --- el contrato dice: " y no exime al CLIENTE del pago de los servicios efectivamente recibidos ".
Reitero, lea bien lo que firma.


4. TERMINACIÓN
4.1 En el supuesto que el CLIENTE haya contratado de acuerdo a lo establecido en el punto 3.1 el CLIENTE podrá: A)Dar por terminado el presente Contrato en cualquier momento, sin responsabilidad alguna, porasí convenir a sus intereses, haciéndolo por escrito o por correo electrónico, vía telefónica alnúmero 55 15798000 y/o 8005100510, con un horario de atención de lunes a domingo las 24horas, o vía electrónica en la página https://www.totalplay.com.mx/terminos-condiciones-servicio oa través de “Mi Cuenta” TOTALPLAY. La Terminación del Contrato operará sin perjuicio delderecho de la CONCESIONARIA de recuperar el EQUIPO. En caso de no devolverlos, el CLIENTEse obliga a pagar el costo de los EQUIPOS y no exime al CLIENTE del pago de los servicios efectivamente recibidos.

-----------------
Costos de conexión, a cargo del cliente:

1.8 COSTOS DE CONEXIÓN.- Consiste en el cargo que deberá pagar EL CLIENTE con motivo de los gastos que la CONCESIONARIA realiza para llevar la fibra óptica hasta el hogar del CLIENTE. Los costos de conexión se encuentran registrados ante el IFT y EL CLIENTE podrá consultarlos en la página de internet www.totalplay.com.mx y en el sitio oficial del ift. el cliente podrá cubrir los costos de conexión al momento del inicio de la prestación del SERVICIO o dividir los costos de conexión durante varios meses. Sin embargo, el pago de los costos de conexión no podrá ser exigible como condición para la cancelación del contrato o terminación del mismo, sin perjuicio de la obligación de EL CLIENTE de cubrir el saldo remanente de los mismos en caso de existir y que en ningún momento se entenderán como una penalización por terminación anticipada del contrato. Asimismo, la exención de su pago no podrá ser considerada bonificación o compensación en su caso.

------------
Plazo forzoso...

3.2 Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este punto regirán sólo para el caso que el CLIENTE elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la CARÁTULA, en este único caso la Vigencia será forzosa para ambas partes, por el plazo máximo de 18 (dieciocho) meses. Las PARTES acuerdan que los SERVICIOS podrán establecer una vigencia determinada o plazo mínimo forzoso de contratación ya sea en virtud de las inversiones, equipamiento o la infraestructura que le es instalada a EL CLIENTE, así como atendiendo a las condiciones tarifarias correspondientes y que se utiliza para la prestación de los SERVICIOS, en cuyo caso deberá señalarse en la caratula. la concesionaria se obliga a que se presten al CLIENTE los Servicios durante el plazo forzoso señalado en la CARÁTULA, los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida

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05/10/19
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cabeza dura  18
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el contrato establece el plazo de 18 meses para poder cancelar sin penalización, dudo mucho que lo hayas leído.
05/10/19
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
4418
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Sr Rantmtorres:

Sobre los 'costos de conexión', incluyo extracto del punto "1.8 costos de conexiÓn.-" en el contrato de Totalplay, para que lo lea detenidamente. https://www.totalplay.com.mx/web/assets/pdf/clausulado-de-contrato.pdf

1.8 " Sin embargo, el pago de los costos de conexión no podrá ser exigible como condición para la cancelación del contrato o terminación del mismo, sin perjuicio de la obligación de EL CLIENTE de cubrir el saldo remanente de los mismos en caso de existir y que en ningún momento se entenderán como una penalización por terminación anticipada del contrato. Asimismo, la exención de su pago no podrá ser considerada bonificación o compensación en su caso "

Lo que ahí se dice es:

* Totalplay NO le puede negar la cancelación/terminación del contrato aún y cuando el cliente les deba dinero (en este caso, los costos de conexión).

* Dicho lo anterior, dice "sin perjuicio de la obligación de EL CLIENTE, de cubrir el saldo remanente de los mismos" (osea, aún y cuando LeS SiguE debiendo, ud puede solicitar terminar el contrato)
LeA bien aquí - "sin perjudicar la obligacion del Cliente de pagar el saldo remanente de los (servicios)"

* Y continúa el contrato " y que en ningún momento se entenderán como una penalización por terminación anticipada del contrato. " (por si alguien interpreta ese cobro de 'costos de conexión' como una 'penalización', que parece estar prohibida ante el IFT)
EnTiEnDa de Contratos y su alcance, vivirá mejor.



Mi opinión:
** Los abogados en una cláusula te dicen una cosa, y en la siguiente te exigen lo contrario, siempre a ventaja de 'la p empresa'
** Si va a contratar un servicio doble o tripleplay, que sea por lo menos de 18 meses, o le cobrarán el costo de instalación del servicio (confirmado con lo que indica el contrato con totalplay)
** Si el servicio de Totalplay es malo, a buenas de primeras decirlo y mandar cancelar, y ahí sí, eso mismo hay que esgrimir, para que Totalplay absorba el costo de la instalación que no se usará, a causa del mal servicio. Y te apoyas de Profeco y el IFT.
** El enojo, nubla el buen juicio. Esta vez le tocó perder, exija la cancelación por el mal servicio, dicho que debe demostrar con hechos.
05/10/19
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
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Saludos cabeza dura! Coincido contigo, con las cableras hay que estar decidido a permanecer por 18 meses, a la par de exigir que ofrezcan el servicio por el cual se paga desde el primer momento.


- Conviene no dejarse llevar por los mini kioskos de contratación afuera de los supermercados ( izzi / totalplay / axtel ), ellos están ahí para fregar al que se deje =(

05/10/19
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
4418
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--- El costo de la instalación, en buena parte, se la lleva el instalador y otra parte el promotor del kiosquito... --- (por eso es que Totalplay pide se le cubra el $)

06/10/19
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rantmtorres  11
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En resumen: por el pésimo servicio de TotalPlay, que deja sin teléfono, televisión e internet a su cliente en varias ocasiones en menos de un mes, el cliente decide cancelar. Tiene derecho a hacerlo por ésa o por cualquier otra razón. Pero TotalPlay se niega a realizar la cancelación del contrato, amenazando con que se seguirán generando costos al transcurrir del tiempo por un servicio que no está prestando, y poniendo como condición el pago de costos de conexión, violando así de dos maneras diferentes el contrato que celebró con el cliente.

En este caso no existe un plazo forzoso, ni debiera haberlo, puesto que las leyes mexicanas lo prohíben actualmente.

El cliente debería presentar su caso ante la IFT, arguyendo la violación de contrato de parte de TotalPlay al negarse a rescindir el contrato, y al exigirle el pago de costos de conexión para hacerlo.
06/10/19
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rantmtorres  11
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El asunto no va sobre si se debe justificar o no la causa de cancelación del contrato, o si se debe pagar o no los costos de conexión, sino sobre la negativa de TotalPlay a cancelarlo, colocando como condición un pago que el mismo contrato estipula no se debe exigir para terminar el contrato.
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xolotl  / X()lotl delete me now. / 09
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En espera que su caso llegue a pronta solución.
Quien se niegue a la cancelación del lado de totalplay, está en un error. Reuna pruebas.

Y si comienza un nuevo mes con sus equipos conectados en casa, se lo van a cobrar.


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