Caso 36987   5  pts.  (3 calificaciones) Cía: Derechos Adquiridos16/05/10

"Derechos Adquiridos" cambian requisitos, causarán corrupción y caos

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los nuevos requisitos para los “derechos adquiridos”, provocarÁn un gran impacto negativo en esta CIUDAD.


Se avecina un gran caos en esta ciudad debido a los famosos usos de suelo llamados “derechos adquiridos”.

La amenaza se debe a que el nuevo Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano para el Distrito Federal modifica los requisitos para tramitar un “derecho adquirido”, esto provocará cero respeto a los planes y programas de desarrollo urbano vigentes que se ha aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y que tuvieran en su momento el visto bueno por parte de la ciudadanía cuando se analizaron en conjunto con autoridades delegacionales antes de su publicación. Estos planes y programas delegacionales se realizaron con el fin de satisfacer, ordenar y controlar el crecimiento y desarrollo urbano con el único objetivo de favorecer el bien común de todos sus habitantes, principio motriz que promueve en su filosofía la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) y que en un futuro no tiene contemplado.


Los usos de suelo son la certificación para llevar acabo cualquier tipo de giro y son de vital importancia ya que desarrollan aspectos arquitectónicos, económicos y sociales de una zona en particular, es decir, podría generar un impacto de gran magnitud en varios sentidos (desde una simple paletería hasta un giro negro como un bar, una casa de apuestas, un club nocturno etc., o si hablamos de dimensión podríamos hablar desde una casa habitación hasta un gran complejo comercial, un desarrollo habitacional, un edificio de oficinas, fabricas industriales, etc. ¡Cualquier uso que se puedan imaginar!).


Actualmente en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se discute (eso espero), la aprobación del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano para el Distrito Federal, el cual irónicamente fue propuesto por la propia SEDUVI (que se supone es la dependencia especialista en la materia). Esta nueva propuesta deja mucho que desear y especula obviamente sobre los intereses particulares de perversos funcionarios para así lograr que haya trámites y caminos legales para violar la ley y así conseguir fácilmente los famosos usos de suelo por “derechos adquiridos”, ya que en este tramite, teniendo los “requisitos” se podrán legalmente convertir los usos que se encuentren PROHIBIDOS a PERMITIDOS y por si fuera poco hasta regularizar cualquier giro en el mismo acto. Se podrá conseguir cualquier uso que se desee en cualquier superficie que se requiera, no importando lo establecido en los programas de desarrollo urbano, los cuales si fueron cuidadosa y estratégicamente estudiados y analizados para el desarrollo sustentable de la ciudad.


Es increíble que siendo la SEDUVI la dependencia especialista en el tema, modifique su reglamento sin medir las consecuencias y no calcule el impacto negativo que esto repercutirá a la ciudad. Es obvio que este perverso suceso traza la ruta de un jugosísimo negocio y simplemente de imaginarse “el poder de alguien o algunos de decidir el rumbo de la ciudad”, además de provocar miedo nos indica el grado de corrupción al que se va a llegar en la SEDUVI y las distintas delegaciones.


Definitivamente la ciudad no puede dejar de cambiar, pero esta transformación debe ser de acuerdo al avance que se ha tenido con la aplicación de las anteriores normatividades. Es pues, que el presente escrito denuncia el retroceso de está ley y su reglamento; la inexperiencia de los funcionarios, la incapacidad de visualizar el impacto negativo que generará esta modificación, el dolo y los fines lucrativos para hacer que un trámite sea imposible para algunos (siempre los de escasos recursos) y a su vez un negocio redondo para otros.


Ahora bien, esta denuncia es un llamado de atención URGENTE a toda aquella autoridad competente y ciudadanía que tiene en sus manos el poder evitar esta modificación al reglamento, atención:


· Dip. Ma. Alejandra Barrales Magdaleno, Presidenta de la Asamblea Legislativa y Coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD;
· Coordinadores de los distintos Grupos Parlamentarios;
· Comisión de Desarrollo y Infraestructura Urbana;
· Comisión de Desarrollo Metropolitano;
· Comisión de Notariado;
· Comisión de Transparencia a la Gestión y a todos los Diputados Locales en general;
· Al Jefe de Gobierno Marcelo Ebrard Casaubon, quien propone dicho reglamento para su aprobación a la asamblea y no revisó el contenido de dicha propuesta y los alcances que generarán dichas modificaciones;
· Al Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda Felipe Leal Fernández, quien inocentemente revisó, analizó y propuso semejante atrocidad sin tener el cuidado y el conocimiento sobre la función de un “derecho adquirido” y las consecuencias que esto llevará; y
· A todas las asociaciones vecinales, a la Prensa y a la ciudadanía en general.


¿Y qué es un “certificado de acreditaciÓn de uso del suelo por derechos adquiridos”?, ¿Porqué tanta importancia a este simple trámite capitalino?, ¿Qué sucede si se cambian los “requisitos” de este trámite?, ¿Cuáles son los requisitos actuales y por cuales se pretenden cambiar?, ¿Qué y cuales serían las consecuencias que tendría la nueva modificación a estos requisitos?


Un “Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos” es un reconocimiento de algún(os) uso(s) de suelo, para un inmueble o parte de un inmueble que haya operado y aprovechado continuamente hasta antes de que se encontrará el uso de suelo como prohibido.


Un ejemplo:
En el 2008 se promulgan los nuevos programas delegacionales de desarrollo urbano, y estos nuevos programas establecen que para el inmueble del Sr. Juanito Pérez (por citar alguien) lo optimo es que en ese predio se aproveche el uso Habitacional, por lo que únicamente podrá destinarlo principalmente para viviendas.


Pero el Sr. Juanito Pérez tiene construido un Local Comercial con muchísimos años funcionando, mucho antes de que estuviera el nuevo programa delegacional, para continuar aprovechando el funcionamiento del Local Comercial necesita el uso de suelo vigente. Pero como el uso se encuentra prohibido, él necesitará que le reconozcan su local y será a través del “Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos”.


La importancia que tiene un “derecho adquirido” es vital ya que es el documento que certifica el nacimiento y la continuación de un giro, es simple, “es un reconocimiento a los usos que iniciaron desde antes y que actualmente se establecen como prohibidos”. Ahora, al obtener este reconocimiento se podrá conservar el uso acreditado para siempre (sin importar los programa delegacionales a futuro), también se podrá reconstruir el edificio las veces que se requiera; y se podrá cambiar el uso por aquellos que te permita el programa delegacional, he ahí la importancia de este tipo de trámite. A veces la gente se pregunta: ¿Cómo es que se encuentra esta edificación en esta zona?, ¿Cómo es que volvieron a construir o cambiaron el giro de este edificio que antes era esto…? ¡Seguramente fue a través de un “derecho adquirido”, sí, que el inmueble cuenta con una acreditación de derechos por instalarse hace tiempo!


Para acreditar los derechos adquiridos se deben demostrar: el origen (el nacimiento, cuando inicia o apertura el uso) y la continuidad (el seguimiento, la ininterrupción al uso). Los requisitos actuales y los propuestos por el nuevo reglamento son los siguientes:


para el origen:
Los requisitos actuales son:
a) Licencia de construcción;
b) Declaración de Apertura;
c) Licencia de funcionamiento;
d) Licencia o constancia de uso del suelo;
e) Cédula de micro industria; y
f) Escritura pública.


Los requisitos del nuevo reglamento son:
a) Escritura pública; y
b) Regularización de construcción.


PARA LA CONTUINIDAD:
Los requisitos actuales son:
a) Declaraciones de Hacienda;
b) Contratos de arrendamiento;
c) Visto Bueno contra incendios;
d) Visto Bueno de seguridad y operación;
e) Licencia Sanitaria;
f) Liquidaciones de cuotas obrero patronales; y
g) oletas prediales.


El requisito del nuevo reglamento únicamente es:
a) Boletas prediales.


La principal y primer consecuencia es que al eliminar opciones para cumplir con los requisitos, se excluye a la gran mayoría de los ciudadanos que si cuenten con estos documentos fidedignos que hace constar que cumplieron conforme a la ley, quedando en estado de vulnerabilidad al momento de que la delegación les solicite el uso de suelo.


Por ejemplo:
El Sr. Juanito Pérez contaba con una Licencia de Construcción con el que se le autorizó su Local Comercial y también contaba con una Declaración de Apertura para un giro en particular, sin embargo, dichos documentos ya no serán validos para demostrar su antigüedad.


Ahora bien, Juanito Pérez si cuenta con su escritura pública, pero ésta como la de la mayoría de los ciudadanos, describe únicamente los linderos y superficie del predio, por lo tanto no le sirve. ¿Por qué? Simple, por que no dice nada sobre el local comercial y mucho menos sobre los giros en los que se ha aprovechado el mismo.


Y la otra opción que tiene es la inventada “regularización”, la cual técnicamente no existe y en su caso dicho trámite no le aplicaría porque cuenta con una licencia de construcción y con su apertura del giro, me pregunto… ¿De que se debe regularizar si cuenta con sus documentos en regla?


La segunda consecuencia es que al tener únicamente como requisitos: Escritura Pública, “regularización de construcción” y las boletas prediales se pierde el principio y la vocación fundamental del “derecho adquirido”. Estos nuevos requisitos se interpretarán a necesidad de los solicitantes y lo peor es que se podrán aprovechar con alevosía y ventaja. Por ejemplo, el caso de la escritura pública, bastará un testimonio público bajo la fe de un notario (esto quiere decir un manifiesto ante un notario) para crear el origen que se desea con la superficie que se necesite.


Por ejemplo:
Como el Sr. Juanito Pérez no tiene como acreditar sus “derechos adquiridos” ya que los documentos que tenia ya no sirven. Bastará con acudir con cualquier notario público y manifestar que el local se ubica en tal calle con tantos metros. El notario tomará su testimonio y le expedirá una copia de éste y punto, “requisito cumplido”.


Un testimonio es una escritura pública ya que la realiza un notario, en este caso, Juanito sí contaba con el local y dijo la verdad, pero… ¿Qué pasará con todos aquellos que con dolo manifiesten un establecimiento mercantil que horas antes hayan inaugurado? ¡Así de fácil será abrir cualquier tipo de establecimiento, así de fácil se podrá abrir un Lobo-Hombo, un Bar-bar, un News divine!


Por otra parte, la inventada “regularización de construcción” es un término, no un trámite. Existen los trámites delegacionales llamados: “Registro de Obra Ejecutada” ó “Regularización de inmuebles dedicados a vivienda” y otro que es la “Regularización para el funcionamiento de establecimientos mercantiles”. La primera pregunta que me viene a la cabeza es: ¿Existe como tal, el trámite llamado “regularización de construcción”? ¿Cuál de estos trámites es el “requisito” que solicita SEDUVI para obtener el “derecho adquirido”? ¿No se supone que el “derecho adquirido” es un reconocimiento y no una “regularización”?


Por ejemplo:
Pero como el Sr. Juanito Pérez es muy humilde y poco entendido y definitivamente el notario no comprende para que quiere otra escritura, y le dirá: -“¿Para que quieres una escritura nueva si ya tienes una?”- él desilusionado decide mejor ir a la delegación. ¡Peor decisión!


De entrada el trámite que solicita le informan que no existe, a Juanito lo toman de loco. Después de tener un poco de suerte y explicarles que pretende tramitar en SEDUVI, le comentan: -“Usted no puede regularizar ni su construcción porque ya tiene una licencia de construcción, ni su establecimiento mercantil porque ya tiene una Declaración de Apertura con nosotros, lo sentimos no le podemos ayudar”- Estando Juanito en está situación sin salida, posiblemente intente corromper a los funcionarios (si estos antes no lo extorsionan), y como última opción la de cerrar su Local Comercial para siempre.


Y todo esto porque unos incapacitados funcionarios que son especialistas en la materia (quisiera pensar esto y no unos corruptos muy vivos) propusieron la modificaron del reglamento sin analizar su impacto que causaría, y también porque unos funcionarios de más alto nivel pasaron las modificaciones a la aprobación de la Asamblea Legislativa sin los debidos análisis.


En cuanto a la continuidad y como el único requisito son las boletas prediales, bastará en caso de no contar con ellas acudir a la tesorería y solicitar las “autodeterminadas”. ¡No tiene mayor complicación!


El hecho a este perverso error fatal de quienes hayan propuesto y aprueben esta modificación al reglamento, será el grado infame de corrupción que resultará y la peligrosidad de los usos d suelo que se certifiquen. En conclusión la modificación al reglamento en los requisitos de los “derechos adquiridos” provocará lo siguiente:


1. Que desaparezca el principio moral y fundamental del “derecho adquirido” al transformarlo en una “regularización”;
2. Que es un acto autoritario e injusto para todos aquellos que si cuentan con documentos que demostrarían sus derechos y que ya no serán validos;
3. Que los nuevos requisitos ni son suficientes para demostrar los “derechos adquiridos” y además no existen como tal, lo que provocará mayor burocracia al realizar otros trámites innecesarios, me refiero a escritura pública ó el tramite inventado llamado “regularización”;
4. Que habrá confusión sobre la interpretación de estos nuevos “requisitos” y se podrán aprovechar con alevosía y ventaja propiciando extorsiones y corrupción;
5. Y en general que se tendrán las condiciones suficientes e inmejorables para conseguir los “requisitos” obteniendo así los famosos “derechos adquiridos” de manera muy fácil: ¡La construcción, el establecimiento, funcionamiento y operación de cualquier tipo de uso que se quiera en cualquier superficie que se desee en cualquier lugar de nuestra ciudad!




Atte. DFendiendo al Desarrollo Urbano, Órgano Civil Denunciante
México, D.F., mayo de 2010.

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Comentarios sobre esta queja
17/05/10
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ashnecko  / Itachi Uchiha / 10
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Muy buena queja, sobretodo porquè està bien fundamentada.

Ojalà la asamblea se ponga las pilas, pero dudo mucho que eso pase.
17/05/10
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dleonmag  / David Leon / 08
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Ojo: El derecho adquirido, si es contrario a la regla general, no produce ni tiene efectos jurídicos.

Aceptar la hipótesis que propone la fuente que emplea el forista, se legalizaría todo lo ilegal; y eso no es factible en el ámbito del derecho adquirido.

De cualquier forma, las disposiciones deben tener mecanismos de impugnación contra la declaratoria del derecho adquirido; de no contener esos mecanismos, la disposición es ilegal e inconstitucional.
17/05/10
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mmc101  / moises  / 07
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Íjole, pues ojalá estés bien parado con el PRD para que te pelen...
27/05/10
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araguzma  10
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Bueno, a pesar de las deficiencias de la propuesta, creo que tiene aspectos positivos. En el D.F. buena parte de los propietarios (tanto de casas como comercios) no cuentan con documentos respecto a la construcción y el uso del suelo, es más probable que cuenten con licencias de funcionamiento (ni siquiera con avisos de apertura que son más recientes); y esto se debe en buena medida a que se construyeron incluso antes de que existieran dichas licencias o porque se hicieron mediante autoconstrucción (esquema altamente empleado en esta ciudad y que fue una respuesta a las crisis económicas de los años 70, 80 90, periodos en los cuales pudieron haberse originado los usos comerciales que ahora se pretendería reconocer). De los comprobantes de la continuidad, salvo las declaraciones de Hacienda, los contratos de arrendamiento (sólo en caso de rentas) o las boletas prediales, podrían existir en manos de los propietarios. Es decir, vivimos en una ciudad (y en un país) sumamente irregular, en la cual simplemente no se puede cumplir con las propias normas que se imponen y el resultado es: arreglos bajo el agua, mordidas, pagos excesivos para contratar un gestor o un arquitecto que sólo te tranza, y seguir en la completa irregularidad. Los derechos adquiridos te resuelven en uso, pero no las características de la construcción ni las condiciones de operación; eso es otro tema, así como el cumplimiento en materia de impacto urbano según el giro y las dimensiones de la construcción. En fín, sí debe revisarse nuevamente este tema y sobre todo la forma de instrumentarse para un buen control del uso del suelo. Sigo pensando sin embargo, que esta será una buena noticia para mucha gente que adquiriendo o regularizando un local comercial, puede hacerse de un negocio (perqueño o más grande) ante la gran escasez de empleo que hay en esta ciudad, y a su vez abrir nuevos empleos para más personas; esto es mucho mejor que tener cada vez a más personas en el comercio informal o en la delincuencia; cuando menos pagarán algunos impuestos más.
23/08/10
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jobdehus  10
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cegreal 17/08/2010 El problema es el siguiente nadie quiere votar... y cuando por fin uno se pone creativo, la poca gente q voto escoge malos gobernantes... es una culpa compartida.
Ademas obviamente es una democracia, tal vez los ciudadanos quieran una ciudad santa, pero tambien debes de preocupar el bienestar economico. +0 0 -0neojav / neo reloaded / 17/08/2010 Hace mucho que no veía el scrollbar haciendose chiquito chiquito mientras cargaba la página. De hecho dificilmente pude arrastrarlo de tan chiquito que estaba. Amigo pues buena suerte con tus propuestas nomas lei una que otra y no suena muy disparado pero te dire que son puros sueños guajiros de aqui a que te hagan caso la neta no creo que suceda nunca. Así es el gobierno y uds que votan por los corruptos del PRD. +0 0 -0ashnecko / Itachi Uchiha / 17/08/2010 Muy intersante lo que proponen tu y tus vecino. Que bueno que no solo de dediquen a criticar y a esperar que las autoridades resuelvan el problema. +0 0 -0saguilar 17/08/2010 No bueno, la panacea... +1 0 -1adikto_adikto 17/08/2010 Interesante pero mientras gobierne el prd en el df esto no se va a poder +0 0 -0Lupita_mod 17/08/2010 y tu nieve de limón?
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