Caso 81026   2  pts.  (7 calificaciones) Cía: IMSS11/07/13

IMSS niega certificados médicos

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IMSS
Acudí al IMSS UMF93 a solicitar un certificado médico, documento solicitado por las escuelas, me negaron el servicio y me recomendaron acudir a un consultorio privado.
Me parece injusto que mis aportaciones no me alcancen para que me tomen la presión y me lo pongan en un papelito firmado por un médico. O es que la cédula profesional sólo la quieren de adorno y prefieren limitarse sólo a recetar parecetamol??

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Comentarios sobre esta queja
12/07/13
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Gamuza  09
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Yo pienso que el IMSS sólo beneficia a quienes trabajan ahí, y párale de contar. Saludos.
10/10/13
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Lp2010  13
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Hay tanta gente que necesita el servicio y tu quitando el tiempo con un certificado medico, por favor
22/10/13
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caballeroantonio  / antonio garcia / 10
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Exacto, una persona necesita un certificado médico y ellos se comportan como si le quitaran su tiempo.

Ese es el servicio oportuno y de calidad que ofrecen.
22/10/13
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ACUARIO  / Hola, YA REGRESÉ, SALUDEN, GACHOS / 09
4286
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Exactamente por lo que comentas no te dan el *certificado* medico, que no solo es tomar la presíón.............. aparte de paracetamol, se receta naproxeno
22/10/13
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hueles_feo  / Peluche en el Estuche / 12
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en los consultorios del doctor simi te cuesta 30 varos y te ahorras la espera en el IMSS
No ocupes un lugar de quien en verdad necesita atención médica en la UMF 93
Por fa!
23/10/13
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joelote  13
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SSA es la dependencia indicada para hacer certificados medicos. En la mayoria de las dependencias ya piden, por ejemplo registro civil para matrimonio; certificados exclusivamente de la secretaria de salud. Ve alli.
14/04/16
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hola hola  16
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Artículo 42. El Seguro de Enfermedades y Maternidad y los servicios médicos institucionales no cubren:

I. Cirugía estética;

II. Dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos e implantes cocleares, prótesis y órtesis externas;

III. Cirugía para corrección de astigmatismo, presbicia, miopía e hipermetropía, siempre y cuando exista corrección con las medidas convencionales y con excepción de la anisometropía, correcciones mayores de 6 dioptrías y fototerapéutica;

IV. Expedición de certificado de salud que implica la realización del examen médico de un individuo sano, sin acciones preventivas;

V. Tratamientos dentales de endodoncia, ortodoncia, salvo en el caso de secuelas de labio y paladar hendido; parodoncia, salvo en padecimiento por tártaro dentario y en aquellos padecimientos sistémicos que se manifiesten en el parodonto, y

VI. Procedimientos y tratamientos médico-quirúrgicos no considerados en los instrumentos normativos de la atención médica, los basados en fundamentos no aceptados por la ciencia médica o de dudosa eficacia en el correcto tratamiento de los enfermos. Asimismo, todos aquellos que no cuenten con la aprobación de la Secretaría de Salud para su implantación tanto en instituciones públicas como privadas, así como los que requieran de traslado al extranjero para ser realizados.
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