SEARS cobra 1% por ajuste de IVA, rateros
(Ciudad de México,
Distrito Federal,
)
Categoría: Tiendas y Comercio / Tiendas Departamentales
Por:
38384
Voy al corriente en mis pagos, esto es un robo ya que SEARS no va a pagar a hacienda estos 300 pesos que me cobraron, porque ellos me lo vendieron cuando estaba a 15%, hable para reclamar y me dicen que es la ley y no pueden hacer nada, cabe mencionar que Liverpool, Palacio de Hierro y las tarjeta bancarias no estan haciendo esto, Solo SEARS, Sanborns y el grupo de rasteros de Carlos Slim, Podemos hacer algo?, es obvio que nos estan robando, ademas de todo, estan cobrando 1% del total de la deuda, esta deuda ya incluia el 15% de IVA, por lo que nos estan cobrando ademas el 1% de ese 15%, no se si me entiendan, pero si suman todo esto a todos los clientes de SEARS es un DINERAL, hagan cuentas.
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Comentarios sobre esta queja
En realidad, el cobro SÍ es indebido, si se considera que el bien se adqurió bajo el régimen del 15%
Sin embargo, lo que están cobrando es el financiamiento, que causa impuesto conforme a la fecha de cobro; pero no pueden cobrar impuesto adicional a la mercancía en pago.
Esto debe irse a profeco pero ya.
Sin embargo, lo que están cobrando es el financiamiento, que causa impuesto conforme a la fecha de cobro; pero no pueden cobrar impuesto adicional a la mercancía en pago.
Esto debe irse a profeco pero ya.
disposiciones transitorias de la ley del impuesto al valor agregado
artÍculo OCTAVO.
III.
a. Tratándose de la enajenación de bienes y de la prestación de servicios que con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto hayan estado afectas a una tasa del impuesto al valor agregado menor a la que deban aplicar con posterioridad a la fecha mencionada, se podrá calcular el impuesto al valor agregado aplicando la tasa que corresponda conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, siempre que los bienes o los servicios se hayan entregado o proporcionado antes de la fecha mencionada y el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha.
Lo que quiere decir:
Cuakquie rfactura que sea pagada a partir del 1 de enero de 2010 se considera que esta afecta a una tasa del 16% de IVA o del 11% en zona fronteriza, , si los pagos se reciben ANTES del 10 de enero de 2010 aun puede pagarse con el 15% de IVA.
Te recomiento que leas la Ley del IVA mas a fondo, tengo entendido que procede sobre saldo, no sobre el total de la deuda.
suerte
artÍculo OCTAVO.
III.
a. Tratándose de la enajenación de bienes y de la prestación de servicios que con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto hayan estado afectas a una tasa del impuesto al valor agregado menor a la que deban aplicar con posterioridad a la fecha mencionada, se podrá calcular el impuesto al valor agregado aplicando la tasa que corresponda conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, siempre que los bienes o los servicios se hayan entregado o proporcionado antes de la fecha mencionada y el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha.
Lo que quiere decir:
Cuakquie rfactura que sea pagada a partir del 1 de enero de 2010 se considera que esta afecta a una tasa del 16% de IVA o del 11% en zona fronteriza, , si los pagos se reciben ANTES del 10 de enero de 2010 aun puede pagarse con el 15% de IVA.
Te recomiento que leas la Ley del IVA mas a fondo, tengo entendido que procede sobre saldo, no sobre el total de la deuda.
suerte
Es por desconocimiento tuyo,
Lee lo que puso GALADRIEL,
el año pasado?? en diciembre??
checa el dato si es por el cobro en esta sola parcialidad.
Lee lo que puso GALADRIEL,
el año pasado?? en diciembre??
checa el dato si es por el cobro en esta sola parcialidad.
todo esto es gracias al ratero de calderon mas dinero ve mas quiere robar
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